Traslado y desplazamiento
DERECHO LABORAL Y DERECHO DEL TRABAJO
Consiste el desplazamiento en una modificación contractual en cuanto al lugar de prestación de servicios, si bien no definitiva. Teniendo derecho el trabajador a unos días de permiso para realizar el mismo, incluso una indemnización en su caso, dependiendo el convenio colectivo de aplicación.
El traslado, por su parte, es definitivo, teniendo también derecho a unos días de permiso para efectuarlo, así como una indemnización fijada, en su caso, en el convenio. Si bien, en este caso, por tratarse de una modificación sustancial, el trabajador puede ejercer los derechos que ello conlleva en cuanto a impugnación del mismo o solicitud de indemnización de 20 días por año de servicio.
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