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Autoliquidaciones. Modelos de Hacienda periódicos más relevantes

AUTÓNOMOS Y SOCIEDADES

Relativas al Impuesto sobre la Renta, (el cual suele ser el caso de los autónomos), tenemos los modelos D-100 y D-102, declaraciones ordinaria y simplificada respectivamente, que tienen una periodicidad anual. Con periodicidad trimestral tenemos los modelos de pago fraccionado tanto en estimación directa (modelo 130), como en estimación objetiva o módulos (modelo 131).

Relativas al Impuesto sobre Sociedades, debemos distinguir entre los pagos a cuenta de dicho impuesto, los cuales tienen una periodicidad inferior al año, de aquellos que tienen una periodicidad anual. En el primer grupo tendríamos los modelos 202 para sociedades en régimen general, 222 para grupo de sociedades y el modelo 218 para grandes empresas. En el segundo grupo enclavaríamos los modelos 200 para grandes empresas, 220 para grupo de empresas y 201 para el resto de sociedades.

Relativas al Impuestos sobre el Valor Añadido, los modelos más comunes son el 300 para el régimen general, el 310 para el régimen simplificado, el 370 para ambos regímenes a la vez. Todos ellos de carácter trimestral. Con carácter mensual tenemos entre lo más comunes, el 320 y 332 para grandes empresas no inscritas o inscritas en el registro de exportadores respectivamente y el 330 para exportadores y otros operadores.

Por último tenemos aquellos modelos híbridos entre la Renta y las Sociedades que son entre los más comunes el 110 para retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos de trabajo y actividades económicas, el 115 para retenciones de rendimientos de arrendamientos de inmuebles urbanos. Todos ellos de periodicidad trimestral. Con carácter mensual tenemos el 111 el cual es el equivalente al 110 pero para grandes empresas.

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